¿Quién hereda tras el padre? ¿Deben los hijos compartir con la madre?

Qué implica la sucesión legal en una herencia

Cuando una persona fallece sin haber redactado testamento, entra en vigor el derecho hereditario por ley, un mecanismo establecido con precisión que determina quién recibe qué parte del patrimonio. Este sistema opera igualmente cuando el testamento carece de validez o únicamente abarca una porción de los bienes.

La misma norma se aplica si las personas mencionadas en el testamento rechazan aceptar la herencia o, por motivos jurídicos, no pueden heredar. Por ejemplo, cuando un tribunal los declara herederos indignos.

Cómo se distribuye el patrimonio según la normativa vigente

El reparto de los bienes del difunto sigue una jerarquía exacta que establece el código civil. Cada heredero obtiene su porción conforme a un orden claramente definido.

En primer lugar heredan el cónyuge y los hijos del fallecido. Reciben partes iguales, siendo la porción del cónyuge nunca inferior a un cuarto del total patrimonial. Si los hijos murieron antes que el padre, su parte corresponde a sus propios descendientes: los nietos del causante.

El segundo puesto en la jerarquía pertenece al cónyuge y los progenitores del difunto. Cada progenitor recibe una cuarta parte de la herencia. Si el causante no tiene descendientes ni cónyuge, los padres heredan todo a partes iguales. Cuando alguno de ellos ha fallecido, su parte pasa a los hermanos del difunto.

Cuando faltan descendientes, cónyuge, progenitores y hermanos, la herencia corresponde a los abuelos o, en su caso, a sus hijos si los abuelos no viven, o bien a los hijastros del causante. Si tampoco existen estos herederos, el patrimonio lo adquiere el municipio del último domicilio o el Estado.

Cuándo los hijos deben compartir la herencia con la madre

Las normas de sucesión legal establecen claramente que los hijos reparten el patrimonio paterno con la madre. La porción del cónyuge superviviente no puede descender por debajo de una cuarta parte del total heredable.

Sin embargo, existen excepciones donde el cónyuge queda excluido de la herencia. Esto ocurre tras un divorcio legal o una separación definitiva. También cuando el causante presentó antes de fallecer una solicitud de divorcio o separación por culpa del cónyuge y su petición tenía fundamento.

Si el difunto redactó testamento sin incluir al cónyuge, esta persona queda igualmente fuera de la sucesión ordinaria. No obstante, incluso en tal situación puede tener derecho a la legítima obligatoria que la ley garantiza.

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  • Marta Riumbau es una influencer española que publica contenido sobre vida diaria, relaciones y desarrollo personal con un enfoque cercano.

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